Waivers

ME PREGUNTO ¿QUÉ ES LA PROHIBICIÓN PERMANENTE DE INMIGRACIÓN A LOS EE. UU.?

¿Cómo se activa y hay algún tipo de alivio disponible para aquellos con la barra permanente?

La Ley de Inmigración y Nacionalidad de los Estados Unidos, INA, contiene leyes que indican motivos específicos de inadmisibilidad para los inmigrantes. Generalmente, los motivos de inadmisibilidad son las barreras a la entrada a los EE. UU. y las solicitudes de visas de inmigrante. Uno de estos motivos de inadmisibilidad se denomina "prohibición permanente" [1] , lo que significa inadmisibilidad permanente para ingresar a los EE. UU. u obtener una tarjeta de residente permanente legal.

¿CÓMO SE ACTIVA LA BARRA PERMANENTE?

La barra permanente se activa en un proceso de dos pasos:

Primero: Alguien primero debe acumular más de 1 año de presencia ilegal en total o a quien se le haya ordenado remover, Y

Segundo: Esta persona intenta entrar en alquiler a los Estados Unidos o vuelve a entrar con éxito a los Estados Unidos después del 1 de abril de 1997 sin seguir los procedimientos de admisión e inspección (también conocido como entrar ilegalmente).

Ejemplo: María ingresa a los Estados Unidos desde México en junio de 1996 sin ser admitida o inspeccionada (ilegalmente) y se queda por 2 años. Ella decide regresar a México y cruza la frontera hacia México. María tiene familia en los EE. UU. y le gustaría regresar con ellos, por lo que cruza la frontera de regreso a los EE. UU. en 2001 y se queda.

María ahora está sujeta a la prohibición permanente y no es admisible para visas de inmigración o de entrada a los Estados Unidos.

Si la primera estadía de María fue de solo 6 meses, la prohibición permanente no se activa (aunque hay otros problemas de inadmisibilidad).

Si María ingresó y reingresó sin una estadía mayor a un año, pero en total sus estadías suman un año, todavía está sujeta a la prohibición permanente.

¿CUÁLES SON MIS OPCIONES SI TENGO LA BARRA PERMANENTE Y TENGO UN FAMILIAR QUE QUIERE SOLICITARME UNA VISA?

Se pueden renunciar a otros motivos de inadmisibilidad para ingresar a los EE. UU., pero la prohibición permanente puede ser más difícil de superar, pero no imposible. El estatuto permite que las personas sujetas a la prohibición permanente busquen el consentimiento para volver a solicitar la admisión [2] , a través del Formulario I-212 Permiso para volver a solicitar la admisión emitido por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU.

Para ser elegible para solicitar este consentimiento, la persona debe haber pasado diez años o más fuera de los EE. UU. después de la fecha de su última salida. Las solicitudes de permiso para volver a presentar una solicitud no están garantizadas, sino que son discrecionales para el oficial de inmigración que revisa las solicitudes. Si se otorga el consentimiento, un inmigrante puede volver a solicitar la admisión a los Estados Unidos (a través de peticiones de familiares extranjeros u otras visas) y puede buscar otros beneficios de inmigrante si es elegible.

En algunos casos, puede ser posible renunciar a la prohibición permanente para ciertos solicitantes de la Ley de Violencia contra la Mujer autopeticionarios, solicitantes de ajuste de estatus bajo la Ley de Equidad de Inmigración de Refugiados Haitianos de 1998 (HRIFA) y el Ajuste Nicaragüense y Alivio Centroamericano. Ley (NACARA). Además de los solicitantes bajo la Ley de Trabajos Agrícolas Especiales (SAW), el Ajuste de Estatus de la Ley de Vida (245i) y los solicitantes de visa U y asilo

Residencias y Ciudadanías por L.A.G.E. Juan González 
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